Estatismo constitucional express
Fernanda García G. Abogado. Subdirectora Ejecutiva de faro UDD
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Fernanda García G.
El anuncio del Presidente de la República sobre la presentación del proyecto de ley que crea la empresa nacional del litio es un golpe de estatismo potente que no puede ser evaluado prescindiendo del proceso de cambio constitucional en curso.
El actual texto del numeral 21 del artículo 19 de nuestra Constitución Política garantiza a todas las personas la posibilidad de realizar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen. Garantiza en otras palabras, el derecho de emprender.
“Cuando se anuncia la creación de un gigante estatal para el litio se olvida que la sombra estatista que se cierne sobre la libertad económica es doble: se propone sin mediar fundamentos técnicos y se confía en que prontamente esa decisión pueda ser tomada por el propio Estado en ejercicio de su función legislativa”.
Para que esta protección no sea ilusoria, para que no se trate de una mera declaración de principios, la norma fundamental, a renglón seguido, se ocupa de acotar el ámbito de acción del empresario más poderoso, monopólico, privilegiado e históricamente ineficiente que es posible concebir, y que no es otro que el Estado. En efecto, la Constitución actual exige que el Estado y sus organismos sean autorizados por una ley de quórum calificado para desarrollar actividades empresariales o participar en ellas, agregando que, en tal caso, esas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que por motivos justificados establezca la ley, la que deberá ser, asimismo, de quórum calificado. Este quórum corresponde al voto favorable de los 4/7 de los diputados y senadores en ejercicio.
Sabemos que el actual anteproyecto constitucional que se discute en el seno de la Comisión Experta exige que la creación y regulación de empresas estatales sea autorizada por una ley que cuente solamente con el voto favorable de la mayoría de los diputados y senadores en ejercicio. Sabemos también que se han propuesto ya indicaciones al texto aprobado en general, que buscan debilitar aún más la regulación del Estado empresario.
Así, por ejemplo, en los días venideros se deberá discutir una enmienda que propone que en casos “de urgencia”, el Presidente de la República, con la firma de todos sus ministros y mediante decreto, pueda crear una empresa pública o mixta con efecto inmediato mientras esté pendiente la tramitación de la ley destinada al efecto. También se ha propuesto mediante otra indicación derechamente eliminar cualquier restricción o exigencia legislativa para la creación y regulación de empresas del Estado.
En consecuencia, cuando hoy se anuncia la creación de un gigante estatal para la explotación del oro blanco chileno, y la opinión pública se pregunta si acaso el Presidente contará o no con “los 4/7” que requiere en el Congreso para proceder con un proyecto de esta envergadura, se olvida que la sombra estatista que se cierne sobre la libertad económica en Chile es doble: se propone sin mediar fundamentos técnicos, sino descansando (una vez más) en una visión ideológica, que la riqueza del litio se explote por el Estado, y se confía en que prontamente esa decisión -así como la creación de un estatuto jurídico privilegiado o excepcional que gobierne esa explotación- pueda ser tomada por el propio Estado en ejercicio de su función legislativa. En el mejor de los casos, por una mayoría discreta y quizás circunstancial.
Para pensar.